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MODIFICACIONES EN LAS BASES
Las bases de la campaña se modifican con el siguiente Anexo.
Anexo1.1 dia 8/11/2023
- Los limites de canje para los establecimientos de 1800€ y 1500€ serán efectivos solo para los cheques consumo de 10€.
- Los cheques bebe se podrán canjear sin limitaciones en cualquiera de los establecimientos adheridos y hasta la fecha limite del 31/03/2024
Firmado
Junta de control de la campaña cheques consumo Alcalá la Real
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Bases legales de uso
CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA LA PUESTA EN MARCHA DE LA CAMPAÑA DE
CHEQUES CONSUMO ALCALA LA REAL 2023
En Alcala Real, 12 de septiembre 2023
REUNIDOS
De una parte D. Antonio Marino Aguilera Peñalver en calidad de alcalde del Ayuntamiento de Alcalá la Real, CIF P230002001 y, de otra parte, D. Juan de Dios Serrano Sánchez, en calidad de presidente de la Unión de Empresarios de Alcalá (en adelante De Alcalá), con CIF G23806417, en uso de las atribuciones que le confiere dicho cargo. Reconociéndose ambas partes capacidad legal suficiente para celebrar este Convenio de Colaboración por el que acuerdan las bases que regirán el funcionamiento del programa Cheques Consumo 2023 de Alcalá la Real.
PRIMERA -— Objeto y Finalidad del Convenio.
El objeto del programa denominado “CHEQUES CONSUMO ALCALA LA REAL 2023” es
potenciar la dinamización del sector comercial del municipio de Alcalá la Real, incentivando la
compra en el comercio de cercanía y premiando la fidelidad de los clientes que consumen en los establecimientos locales.
La campaña adquiere dos modalidades:
- Cheques consumo, de los que se beneficiarán todos los clientes potenciales del comercio local por un valor máximo de 50€ de descuento en compras.
- Cheques bebe, de los que se beneficiarán las familias que hayan incrementado el número de miembros por razón de nacimiento, adopción o acogimiento familiar, en este último caso la ayuda será proporcional al tiempo que haya estado el niño dentro del año 2023 con la familia.
El Cheque bebé es un crédito para compras en los comercios adheridos a la campaña que se subdivide en cheques por valor de 50€. En el modelo estándar 8 cheques de 50€.
En esta edición el Ayuntamiento de Alcalá la Real, continúa con los objetivos estratégicos de la
campaña realizada en el año 2021, motivada por la caída del consumo en el comercio local
consecuencia de los efectos derivados de la crisis del COVID y amplía los objetivos originarios con :
- fomentando el asociacionismo empresarial,
- la participación de nuevas empresas en la campaña
- y favoreciendo la rotación de los clientes del comercio local.
Así pues los objetivos:
- Promoción del comercio y servicios locales.
- Estimulación del consumo de la población local en nuestros establecimientos
- Fidelizar a los clientes del comercio local con un sistema de regalo monetario en
efectivo para comprar en establecimientos locales.
La campaña en esta edición pone a disposición de los usuarios del comercio local, cheques de
consumo, que solo pueden obtenerse acreditando una compra superior a 20€, por lo que se recibirá un cheque consumo de 10€. Los Tiques no pueden subdividirse y deberán ser consumidos en un plazo de 30 días tras su obtención.
Los cheques solo se podrán obtener acreditando compras en las empresas adheridas a la campaña y tendrán un tope de emisión de cheques valorado en 5000€. Esas empresas solo podrán beneficiarse de un máximo de recepción de cheques de 1.500€ y en el caso de acreditar la pertenencia a una Asociación Comercial de la localidad 1.800€ en cualquiera de los establecimientos comerciales del municipio adheridos a la campaña
El periodo temporal de la campaña de los Cheques Consumo será desde el día 1 de octubre y finalizará cuando se agote el presupuesto destinado a ella y/o se cumplan 3 meses desde su comienzo (lo que antes ocurra).
La fecha de canje de los cheques será en cualquier caso desde el 1 de Octubre hasta el 31 de Diciembre del 2023. Y en el caso de los cheques bebé hasta el 31 de marzo del 2024.
La web que se habilita es https://chequesconsumoalcalalareal.es
Una vez obtenido el cheque se dispone de un mes para su canje. El programa enviará un aviso mediante correo electrónico, 72 horas antes de la fecha de validez y finalmente en caso de cumplirse el cheque se anula, volviendo al circuito de solicitudes.
El periodo temporal de la campaña de los Cheques Bebé será desde el día 1 de octubre y finalizará el 15 de Enero del 2023 para acreditar la ampliación del número de miembros de la unidad familiar que se realizará mediante presentación de instancia en el Ayuntamiento de Alcalá la Real, y aportando la documentación del tutor autorizado para el gasto de la cantidad consignada.
La fecha para gastar el cheque bebe será desde su obtención hasta el 31 de marzo del 2024
El Ayuntamiento pone a disposición de la campaña 130.000€, consignados en el
presupuesto Municipal 2023, en la partida 43347000.
De esta cantidad 115.000 € destinados a los cheques: 50.000 € son los destinados a la campaña de cheques Consumo y 65.000 a la de Cheques bebé, 115.000 € y 15.000€ serán los consignados a los gastos de gestión, que corresponderá a la Unión de Empresarios de Alcalá
La campaña para su funcionamiento cuenta con la colaboración de la asociación Unión
de Empresarios de Alcalá la Real, que será la encargada de las acciones
de implementación y promoción y a la que corresponde la justificación en tiempo y forma de los
gastos derivados de la misma, así como de las transferencias realizadas a los establecimientos
comerciales beneficiarios de los cheques.
Corresponde a la Unión de Empresarios de Alcalá la Real la presentación de la Justificación de los gastos ocasionados con motivo de la campaña, tanto en la gestión como en la distribución de los beneficiarios de los cheques a nivel de comercios y a novel de consumidores.
La justificación se realizará desglosando los gastos por sectores comerciales y a ser posible por procedencia de los beneficiarios.
Es por ello que se firma este convenio de colaboración entre las partes afectadas, el
Ayuntamiento de Alcalá la Real, como promotor y patrocinador del programa y la asociación
como intermediaria y ejecutora del mismo.
El Ayuntamiento de Alcalá la Real se compromete a aportar la cantidad necesaria para cumplir con cada remesa mensual a tiempo y la Unión de Empresarios de Alcalá, justificará con aportación documental los datos relativos al pago de las remesas a los empresarios y beneficiarios de los cheques así como los gastos derivados de su gestión.
SEGUNDA- Requisitos de adhesión de los establecimientos comerciales
Ser un establecimiento de comercio minorista cuyo domicilio social o fiscal se encuentre en
Alcalá la Real, que a través del proceso de adhesión formalice su participación a través de la página web. Será admitido en todo caso si pertenece a la asociación Unión de empresarios de
Alcalá y no forma parte de los sectores excluidos.
La adhesión del comercio o servicio a la campaña exige su implicación en el desarrollo de la
misma facilitando la obtención de los cheques a los usuarios del comercio, hasta un máximo de 5000€ el valor total de los tickets emitidos por establecimiento, y podrá beneficiarse de un canje de 1500€ sino está asociado a la campaña y de 1800€ en caso de formar parte de la asociación DeAlcalá o ser la primera vez que participa en la campaña.
Estas cantidades se establecen para dos periodos del 1 de octubre hasta el 31 de Diciembre de 2023, en el que las empresas adheridas podrán recibir cheques de las dos modalidades de la campaña, y se habilitarán de nuevo para el periodo 1 de Enero 2024 al 31 de marzo del 2024, donde sólo podrán ser canjeados cheques bebé.
Para ello cada establecimiento firmará el compromiso de adhesión aceptando las normas y
exhibirá públicamente la publicidad de la campaña en su establecimiento,
Los establecimientos y servicios comerciales susceptibles de participar en la campaña recibirán
individual y colectivamente sesiones de información por parte de la unión de empresarios de
Alcalá la Real, al objeto de conocer el funcionamiento de la campaña y dispondrán de un
periodo de adhesión del 15 de septiembre al 31 de septiembre.
Los interesados en el programa tendrán que inscribirse en un formulario previamente habilitado en la página web en el que crearán un usuario contraseña.
Datos del establecimiento beneficiario, que serán los siguientes:
- Nombre y apellidos del titular y datos de contacto (teléfono, email).
- DNI
- Nombre comercial
- Razón social y CIF
- Dirección del establecimiento.
- Datos bancarios donde la Unión de Empresarios de Alcalá ingresará los bonos comerciales.
- Declaración responsable del cumplimiento de requisitos del programa.
Una vez introducidos los datos, la autoridad competente verificará la idoneidad del establecimiento para la participación en el programa. contrastando estos datos con su censo
empresarial y en caso de cumplimiento de dichos requisitos se aceptará al establecimiento, al cual le llegará un correo electrónico de aceptación de la solicitud. En caso de rechazo
igualmente se comunicará la causa del rechazo. El listado de establecimientos adheridos estará
expuesto en la página web de la iniciativa.
En caso de renunciar a la participación, los establecimientos adheridos deberán
manifestarlo en el formulario disponible en la web con su firma.
El establecimiento nunca podrá canjear un cheque por dinero al consumidor.
En caso de devolución de un producto y no consumir de nuevo un producto nuevo no se devolverá ningún importe, el cliente perdería dicho cheque.
Los requisitos técnicos indispensables para la adhesión a la iniciativa por parte de los
establecimientos participantes es la posesión de un teléfono móvil con conexión 4G u ordenador
conectado a la red Wifi o internet, ya que todo el proceso de canje es online y en el mismo instante que la venta.
Que tenga la consideración de autónomo, microempresa o pequeña y mediana empresa (PYME), es decir, que ocupe a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no exceda de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no exceda los 43 millones de euros.
Los establecimientos participantes en el programa tendrán que aportar la documentación siguiente
requerida:
- Certificado de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias.
- Certificado de encontrarse al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social
- Certificado del alta en el IAE o modelo 036 que permita comprobar la actividad de comercio minorista de la pyme, así como la sede social de la empresa.
TERCERA. Requisitos de los participantes.
Podrá participar en la campaña cualquier persona mayor de 16 años y su participación implica la aceptación de estas bases (y su mejor interpretación por parte de la organización).
El usuario debe aportar sus datos personales, correo electrónico, móvil y foto del DNI a través de la página de registro. Una vez verificado se le enviará una notificación con su acceso a la página privada de solicitudes
Cada usuario obtendrá un máximo de 1 cheques consumo de 10€ por una compra superior a 20€. El máximo de cheques consumo que puede obtener es 5 cheques.
En el caso de los cheques bebé los beneficiarios será un miembro de la unidad familiar donde se haya producido el nacimiento adopción u acogimiento, que deberá acreditarse previamente con una solicitud en el registro de entrada del Ayuntamiento de Alcalá la Real. Los DNI asociados al cheque bebe no se beneficiaran del cheque consumo.
La unidad familiar beneficiaria, a través de su representante, se registrará en el portal de la campaña https://chequesconsumoalcalalareal.es y se le asignará un crédito valorado en 400€, subdividido en 8 cheques de 50€. Y no se exige compra previa para su obtención. Y los cheques nunca se podrán canjear por dinero en efectivo.
Los participantes en ambos casos cumplirán los siguientes requisitos:
– Declarar responsablemente cumplir con los requisitos establecidos en el Art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones para ser beneficiarios de una subvención pública, al ser los Cheques consumo Alcalá la Real ayudas públicas al consumo.
– Declarar que conoce el aviso legal de que esta ayuda tiene la consideración de ganancia patrimonial, a los efectos del artículo 96.2.b) de la Ley 35/2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
– Aceptar la política de privacidad en relación con la Ley de protección de datos personales, que incluirá: Los datos personales recabados serán tratados con la finalidad de tramitar la ayuda consistente en “Cheques consumo 23 Alcalá la Real”, pudiendo los interesados ejercer el derecho de acceso, rectificación, cancelación/supresión, u oposición a través del correo electrónico ayuda@chequesconsumoalcalalareal.es
CUARTA – Procedimiento de obtención del CHEQUE CONSUMO Y CHEQUE BEBE
Los cheques consumo se obtienen:
- De forma on line. Para ello será necesario registrarse como usuario en la página web. La plataforma emitirá 100 unidades de cheques al día (pudiendo ser modificado esta cifra previa comunicación pertinente). Sólo se permite la obtención de 1 cheque por día/DNI.
Una vez obtenido el cheque deberá ser consumido en los 30 días siguientes sino caducará la posibilidad de ser canjeado.
Aceptará o firmará un documento de autorización sobre la protección de datos, y
finalizará la solicitud. Después de ser verificada, el usuario recibirá por correo la confirmación, apareciendo ya el cheque en su zona privada listo para ser canjeado.
El usuario debe aportar sus datos personales, correo electrónico, móvil y fotos del DNI a través de la página de registro. Una vez verificado se le enviará una notificación con su acceso a la página privada de solicitudes.
Para solicitar un cheque debe rellenar un formulario indicando el importe del ticket, seleccionando el establecimiento mediante un listado de disponibilidad y finalmente subiendo dicha foto del ticket de compra válido superior a 20€. En ese listado de disponibilidad del establecimiento se comprobará el semáforo del límite de emisión de cheques por parte de todos los establecimientos adheridos.
La plataforma ofrece información real al usuario de los establecimientos donde puede canjear el cheque. Si el establecimiento ha llegado a su límite aparecerá en color rojo.
Una vez en la tienda donde va a realizar su canje, el beneficiario dará al vendedor su DNI que le permitirá comprobar al comerciante todos los cheques disponibles por parte de cada usuario y procederá a su canje.
- b) De forma presencial en los establecimientos adheridos. En horario comercial y limitada a 10 solicitudes por día de diferentes clientes. El usuario registrado puede solicitar su cheque desde el mismo comercio que está realizando su compra (siempre bajo disponibilidad y responsabilidad del comerciante). El comercio rellena la solicitud de ese cliente subiendo el tique de compra de su empresa. Una vez verificado se notificará al usuario para que pueda ser canjeado de igual forma que la anterior.
Los cheques bebé se obtiene de la siguiente forma:
El potencial beneficiario presentara en el Ayuntamiento de Alcalá la Real una solicitud de cheque presentando los documentos que acrediten el nacimiento, adopción o acogida del bebé ya sea con el libro de familia o documento que acredite el tiempo de convivencia con la unidad familiar de adopción u acogida. El Ayuntamiento comprobará directamente la circunstancia de que la unidad familiar esté empadronada en la localidad un año antes del nacimiento.
Una vez comprobado la veracidad de los datos se comunicará al ente gestor de la campaña, la persona designada para la obtención de los cheques bebé, que deberá comunicar en la instancia el DNI y correo electrónico del beneficiario de los cheques bebe, para ser dado de alta en la plataforma.
Y una vez con el alta recibirá el procedimiento de inscripción para poder disponer de los cheques bebé que le corresponden
Una vez completado los trámites el Ayuntamiento remitirá estos datos a la Unión de Empresarios de Alcalá que procederá automáticamente a dar de alta al beneficiario de los cheques en la plataforma. El programa notificará por correo electrónico un enlace donde el beneficiario cumplimentará el resto de los datos para registrarse. Una vez completado el proceso se le introduce en su zona privada el importe de los cheques que le correspondan según el caso en forma de monedero electrónico.
La cantidad de 400€ por bebé se fraccionará en cheques consumo por un valor de 50€. Las compras se podrán realizar en cualquiera de los establecimientos adheridos a la campaña. Para su canje se exige una compra mínima de 50€, es decir pueden ser canjeados por la totalidad del gasto, pero en ningún caso podrá ser canjeable por dinero por parte del beneficiario ni se podrá canjear más de un cheque bebé del mismo beneficiario en el mismo establecimiento adherido a la campaña en un mismo día.
QUINTA. Datos generales de la campaña
El importe de compra pagado con el cheque debe de ser mínimo el doble del importe de ese
cheque a canjear. Es decir, un cheque sirve para pagar el 50% del importe de factura realizada, con estos supuestos:
- 1 cheque de 10 se puede canjear en una compra mínima de 20€.
- 2 cheques de 10 se pueden canjear en una compra mínima de 40€,
- 3 cheques 10 se puede canjear en una compra mínima de 60€,
- 4 cheques de 10 se pueden canjear en una compra mínima de 80€
- y 5 cheques de 10 se puede canjear en una compra mínima de 100€
*Se puede usar uno o más cheques en la misma compra, pero siempre que se cumpla
la norma anterior, valor doble de la compra.
En el caso de los Cheques de la campaña bebé el beneficiario recibirá un total de 8 cheques valorados en 50€ que podrá canjear en los establecimientos adheridos. En este caso no es necesario hacer una compra mínima, el cheque se podrá canjear por una compra igual o superior a la cantidad del cheque. Y en ningún caso puede ser reembolsable por dinero.
SEXTA – Consentimiento Expreso para el Tratamiento de Datos de Carácter Personal.
De conformidad con lo establecido en el Reglamento (EU) 2016/679 de protección de
datos de carácter personal, le informamos que los datos que el cliente nos facilita tanto en las
inscripciones, como para el canje de los tickets de compra por cheques y facturas emitidas
serán incorporados al sistema de tratamiento titularidad de la Unión de Empresarios de Alcalá
con CIF -G23806417 y sede social en -C/Pradillo,4 Alcalá la Real como entidad colaboradora
en la implementación del programa a través del convenio de colaboración firmado para dicha
finalidad.
Los datos serán tratados con la finalidad de poder adjudicar los agraciados y realizar
los pagos. Los datos serán conservados durante el plazo estrictamente necesario y serán
destruidos cuando haya transcurrido el proceso de realización y justificación de la campaña.
Se procederá a tratar los datos de manera lícita, leal, transparente, adecuada,
pertinente, limitada, exacta y actualizada. Mediante la inscripción y/o participación el cliente da
su consentimiento expreso para el tratamiento de sus datos con la finalidad mencionada.
SEPTIMA. Fases de la Campaña y atención al público
Adhesión de establecimientos participantes: para la adhesión de los comercios y servicios a la iniciativa se establecerá un plazo de 14 días naturales, a partir del 15 de septiembre. Los establecimientos podrán incorporarse durante todo el periodo de funcionamiento de la campaña, y será efectiva su participación una vez validados todos los trámites. Mientras tanto no aparecen en el listado de emisión ni de canje.
El plazo inicial para el proceso de adhesiones es del 15 de septiembre al 31 de septiembre de 2023. Pero las empresas podrán adherirse durante todo el tiempo de duración de la campaña.
La fase de obtención del cheque consumo y su utilización, será el periodo comprendido entre el 1 de octubre al 31 de diciembre del 2023.
En el caso del cheque bebe el cheque podrá obtenerse hasta el 15 de enero del 2024, fecha en la que se notificaran los nacidos en el año 2023. Y los cheques podrán ser canjeados hasta el hasta el 31 de marzo del 2024.
En caso de que a la fecha de finalización de la campaña no se hayan agotado los
cheques consumo se podrá acordar su prórroga, con la autorización del Ayuntamiento de Alcalá la Real y previo debate en el seno de la comisión de seguimiento.
Se establece un sistema de información telefónica de la campaña en el mismo horario
de la oficina de atención al público, y en un número habilitado para ello 623 234252
OCTAVA. Liquidaciones de los bonos comerciales.
El establecimiento o servicio adherido podrán en todo momento informarse a través de la plataforma del número de cheques que han sido canjeados en su establecimiento en tiempo real.
El establecimiento deberá guardar y custodiar para su posterior entrega a la Unión de Empresarios de Alcalá todos los tiques/facturas simplificadas / facturas de compra de las operaciones en que se hayan utilizado cheques consumo.
La Unión de empresarios de Alcalá avisará del periodo de liquidación y la fecha límite de entrega de los tickets/facturas para su comprobación y pago.
La entrega de los tiques y facturas a la Unión de Empresarios de Alcalá para poder realizar la transferencia bancaria se realizará en formato digital, según procedimiento descrito
en la plataforma de la web.
La Unión de Empresarios de Alcalá verificará la correcta recepción de los tiques para su posterior pago. -Independientemente del envío digital de los tiques, el comercio, deberá custodiar los mismos para su comprobación en caso de ser auditados.
Si algún comercio no envía sus tiques en el plazo acordado, podrá enviarlos en remesas posteriores con el permiso de la Unión de Empresarios de Alcalá. Una vez finalizada la campaña, aquellos comercios que no hayan entregado sus tiques, no podrán percibir el cobro de estos.
La Unión de Empresarios de Alcalá verificará que los cheques canjeados estén asociados a los tiques de compra y sean correctos a través de la plataforma. El canje de cheques estará sometido a auditoría, de forma que, para su liquidación la Unión de Empresarios de Alcalá podrá comprobar la veracidad de estos y estudiar la trazabilidad del bono y consultar con el usuario su adquisición y canje en el procedimiento correspondiente.
La liquidación de los bonos a los establecimientos se realizará cada 30 días, a través de transferencia bancaria, al número de cuenta que el comercio haya facilitado en el proceso de inscripción, siempre y cuando el establecimiento aporte los tiques, facturas simplificadas o Facturas de compra asociadas a los bonos canjeados tal y como se ha detallado anteriormente.
Todos los establecimientos estarán sujetos a la posibilidad de ser auditados.
NOVENA. Sectores excluidos en el Cheque Consumo
Agrupación 68 Hospedaje.
Grupo 671 al 674 de Restauración y Bares.
Grupo 646. Comercio al por menor de labores de tabaco y de artículos de fumador.
Grupo 652. Epigrafe 652.1 Comercio al por menor de medicamentos y de productos farmacéuticos.
Grupo 654. Comercio al por menor de vehículos terrestres, aeronaves y embarcaciones y de
maquinaria, accesorios y piezas de recambio.
Grupo 655. Comercio al por menor de combustibles, carburantes y lubricantes.
Grupo 659 epígrafe 659.6 comercio al por menor armas, cartuchería.
Grupo 663. Comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente
(ambulancia, mercadillos y mercados ocasionales o periódicos).
Grupo o 664. Comercio en régimen de expositores en depósitos y mediante aparatos
automáticos.
Grupo 665. Comercio al por menor por correo o por catálogo de productos Diversos.
Grupo 755. Agencias de viaje.
Grupo 756: actividades auxiliares y complementarias del transporte (intermediarios del
transporte).
Agrupación 82. Seguros
- Médicos especialistas (excluidos estomatólogos y odontólogos).
Agrupación 87. Tómbolas, espectáculos y juegos, así como comercio al por menor y servicios
de restauración, propios de ferias y verbenas, organización y celebración de apuestas
deportivas, loterías y otros juegos
Grupo 982 Máquinas recreativas y de azar
Epígrafe 969.4 Fabricación de juegos, juguetes y artículos de deporte
Grupo 494 Fabricación de juegos, juguetes y artículos de puericultura
Epígrafe 494.1 Juegos de billar, ping-pong, bolos y otros
Epígrafe 969.5 Organización y celebración de Apuestas Deportivas, Loterías y otros juegos
Epígrafe 982.5 Expendedores oficiales de loterías, apuestas deportivas y otros juegos, incluidos en la red comercial del Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado (excluidos los clasificados
en el grupo 855)
Grupo 871 Expendedores oficiales de loterías, apuestas deportivas y otros juegos, pertenecientes a otros Organismos distintos del Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado
Grupo 872 Expendedores no oficiales autorizados para la recepción de apuestas deportivas, de otros juegos y de loterías diversas
DECIMA. Sectores incluidos en el Cheque bebé.
Todos los sectores del Cheque consumo y excepcionalmente en su caso estarán incluidos
- Grupo 652. Epígrafe 652.1 comercio al por menor de medicamentos y de productos
farmacéuticos. Vacunas, leche, pañales, biberones…
- Médicos especialistas y tratamientos específicos en beneficio del bebé. Pediatras, Fisioterapeutas. (excluidos estomatólogos y odontólogos).
Anexo1.1 dia 8/11/2023
- Los limites de canje para los establecimientos de 1800€ y 1500€ serán efectivos solo para los cheques consumo de 10€.
- Los cheques bebe se podrán canjear sin limitaciones en cualquiera de los establecimientos adheridos y hasta la fecha limite del 31/03/2024
Firmado
Junta de control de la campaña cheques consumo Alcalá la Real